El vencimiento del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) el 31 de octubre pasado dejó a muchos contribuyentes con la incertidumbre de haber cumplido con todos los requisitos. Ante la posibilidad de adhesiones incompletas o errores en el proceso, el Gobierno evalúa la reapertura del REIBP, así como también la reapertura del blanqueo de capitales en efectivo, ofreciendo una segunda oportunidad a quienes buscan regularizar su situación tributaria y minimizar sus obligaciones fiscales.
Segunda oportunidad para regularizar bienes
La complejidad del REIBP y los plazos ajustados generaron dificultades para algunos contribuyentes y sus asesores. Consultoras tributarias como Alejandro Rosenfeld señalan que casos de adhesiones incompletas o mal sincronizadas condujeron a la pérdida de los beneficios. Por lo tanto, una flexibilización por parte del Ministerio de Economía, para casos donde, por ejemplo, no se manifestó la adhesión para los bienes blanqueados a pesar de tener presentado el REIBP para los bienes no blanqueados, se torna necesaria para mitigar estas situaciones.
La reapertura del REIBP permitiría a los contribuyentes regularizar su situación tributaria de forma unificada para los períodos fiscales hasta el 31 de diciembre de 2027. Beneficios clave incluyen la estabilidad fiscal patrimonial hasta 2038, la eliminación de las obligaciones derivadas del Impuesto sobre los Bienes Personales (declaraciones juradas, anticipos, etc.), y la prevención de impuestos adicionales por incrementos patrimoniales (con algunas excepciones).
Blanqueo de capitales: una nueva ventana de oportunidad
Simultáneamente, se espera el anuncio de la reapertura del blanqueo de capitales en efectivo. Se especula que esto beneficiará principalmente a contribuyentes que depositaron dinero en la Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA), pero que omitieron la manifestación de adhesión al blanqueo debido a errores o falta de asesoramiento adecuado. La reapertura también podría contemplar otros casos puntuales.
Según César Litvin, CEO del Estudio Lisicki, Litvin & Asociados, es crucial que la Administración Tributaria busque soluciones para evitar que contribuyentes que completaron la parte sustancial del proceso se vean perjudicados por una formalidad incompleta. En particular, se debe atender a aquellos que regularizaron dinero en efectivo y no recibieron la orientación necesaria, para evitar que queden desprotegidos por la falta de asesoramiento profesional adecuado.
Estrategias de inversión para minimizar impuestos
Para quienes eligen presentar el Impuesto sobre los Bienes Personales en lugar del REIBP, planificar las inversiones financieras antes de fin de año es crucial. Para 2024, el mínimo no imponible para Bienes Personales está en $292.99 millones, mientras que el REIBP no tiene mínimo, ofreciendo una flexibilidad significativa para contribuyentes que blanquearon bienes.
Aquellos que ingresaron al blanqueo, tienen la opción de adherir al REIBP, incluso hasta febrero de 2024 para la Etapa 2, y deben evaluar si les conviene adelantar el pago del tributo durante cuatro años o invertir esos fondos en activos exentos. Es importante resaltar que, independientemente del REIBP, la normativa vigente ofrece un abanico de posibilidades de inversión que pueden permitir reducir el monto del Impuesto a los Bienes Personales.
Noelia Girardi, del estudio Lisicki Litvin & Asoc., advierte que los contribuyentes que no adhirieron al REIBP porque su declaración jurada de Bienes Personales no determinaba impuesto, ahora podrían optar por este régimen, abonando el gravamen únicamente por los bienes regularizados. La decisión debe basarse en una cuidadosa evaluación de la conveniencia de un pago adelantado o la inversión en activos exentos según la Ley de Bienes Personales.
Inversiones exentas vs. inversiones gravadas
Diversos especialistas en materia tributaria, como Félix Rolando de Andersen Argentina y Marcos Zocaro, detallan las inversiones exentas y gravadas para el Impuesto a los Bienes Personales. Entre las exentas, se destacan títulos públicos, depósitos en entidades financieras argentinas (excluyendo cuentas corrientes), obligaciones negociables emitidas en pesos, y fondos comunes de inversión con un 75% o más de activos exentos. Por otro lado, las inversiones gravadas incluyen dólares en efectivo, acciones en empresas argentinas y del exterior, ADRs, CEDEARs, y muchos otros instrumentos financieros.
La consideración de las exenciones en el Impuesto a las Ganancias también es fundamental. Zocaro explica que las ganancias de capital por la compraventa de acciones, CEDEARs, ONs y títulos públicos en la Bolsa local están exentas, al igual que los intereses de bonos argentinos y ONs. Sin embargo, las ventas en bolsas del exterior tributan al 15%, y los dividendos de empresas argentinas sufren una retención del 7%.
Planificación Tributaria y Asesoramiento Profesional
En conclusión, la posible reapertura del REIBP y del blanqueo representa una oportunidad para regularizar la situación tributaria. Sin embargo, la complejidad de la normativa exige una planificación cuidadosa y el asesoramiento profesional de expertos en materia tributaria para optimizar las estrategias de inversión y minimizar el impacto de los impuestos. Es fundamental evaluar cada caso individualmente para definir la mejor estrategia considerando los activos, la situación particular de cada contribuyente y las proyecciones a futuro.
Ante esta coyuntura, contar con asesoramiento contable y financiero especializado resulta clave para asegurar una correcta regularización y aprovechar las oportunidades existentes, evitando así sanciones e incumplimientos que pueden complicar aún más la situación.