El Impuesto a las Ganancias ha sufrido modificaciones significativas a partir de noviembre, impactando en los mínimos no imponibles y las deducciones para trabajadores, jubilados y empresas. Estas alteraciones, implementadas por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP), buscan ajustar los umbrales de ingresos y simplificar el cálculo del impuesto.
Nuevos Mínimos No Imponibles
Uno de los cambios más relevantes se centra en la actualización de los mínimos no imponibles. A partir de noviembre, los asalariados ya no tributarán si sus ingresos brutos mensuales no superan los $1.800.000 para solteros y $2.340.000 para casados con dos hijos. Este ajuste representa un incremento sustancial respecto al proyecto original del Poder Ejecutivo, que proponía un mínimo de $1.200.000.
Es importante destacar que estos son ingresos brutos. Para comprender mejor el impacto, consideremos los ingresos netos, es decir, luego de los descuentos previsionales, de obra social y otros. Según cálculos de SDC Asesores Tributarios, una persona soltera sin hijos comenzará a pagar Ganancias cuando su sueldo neto supere los $1.500.000. Una persona soltera con dos hijos iniciará el pago a partir de un sueldo neto de $1.700.000, mientras que una persona casada con dos hijos lo hará a partir de $2.000.000.
Deducciones y Alícuotas
Además de los nuevos mínimos no imponibles, se han implementado ajustes en las deducciones. El sistema ahora contempla mayores deducciones por hijos, cónyuges y personas a cargo, ofreciendo un mayor alivio fiscal para las familias. Sin embargo, es fundamental tener en cuenta que para aquellos cuyos ingresos se encuentran por encima de los nuevos umbrales, las nuevas tablas de cálculo podrían resultar en un aumento en el monto a pagar.
La escala de alícuotas se mantiene entre el 5% y el 35% sobre la diferencia entre el salario neto y el mínimo no imponible, considerando el tope de aportes que se actualiza mensualmente según la ley de movilidad jubilatoria. Como ejemplo, un soltero sin hijos que perciba entre $1.800.000 y $2.000.000 brutos pagará una alícuota del 5%, mientras que aquellos con ingresos brutos superiores a $4.900.000 tendrán una alícuota del 35%.
Impacto en Diferentes Grupos
Estos cambios impactan de manera diferente a diversos grupos de la población. Los trabajadores y jubilados con ingresos inferiores a los nuevos mínimos no imponibles se verán beneficiados con una reducción o eliminación del impuesto. Por otro lado, aquellos con ingresos superiores podrían experimentar un ajuste en su obligación tributaria, que puede resultar en un incremento del monto a pagar. Para una evaluación precisa, es recomendable consultar con un profesional contable.
Es importante analizar la situación particular de cada individuo, ya que factores como la cantidad de hijos, el estado civil y otras deducciones pueden influir en el cálculo final. Las nuevas regulaciones buscan ofrecer un mayor equilibrio en la distribución de la carga impositiva, pero su impacto real variará en función del perfil individual.
Anticipos y Fechas de Pago
Junto con los cambios en el mínimo no imponible y las deducciones, se han actualizado las fechas de pago de los anticipos del Impuesto a las Ganancias. Es fundamental estar al tanto de estas nuevas fechas para cumplir con las obligaciones fiscales. Se recomienda consultar la página web de ARCA (ex AFIP) o un asesor tributario para obtener la información precisa sobre los vencimientos.
La información proporcionada en este artículo tiene un propósito informativo y no constituye asesoría financiera ni contable. Se recomienda consultar con un profesional para obtener una evaluación personalizada de su situación tributaria y asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.