La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) anunció la cancelación de la inscripción provisoria de 53 empresas de medicina prepaga debido a reiterados incumplimientos normativos. Esta decisión, detallada en la Resolución 4309/2024, impacta directamente en miles de usuarios que dependían de estos servicios.
Razones de la Baja
La medida se basa en la Ley N° 26.682, que regula las entidades de medicina prepaga, estableciendo requisitos como presentación de balances, declaraciones juradas, tipificación de planes de cobertura y actualización de información prestacional y contable. El incumplimiento reiterado de estas normativas, a pesar de las notificaciones enviadas mediante edictos publicados en el Boletín Oficial y la plataforma TAD, motivó la decisión de la SSS.
Según fuentes de la SSS, muchas de las empresas canceladas no presentaron padrones de afiliados, balances, ni información que acredite su actividad. Esto indica una falta de transparencia y una posible falta de solvencia, poniendo en riesgo la calidad y la continuidad del servicio para los usuarios.
Empresas Afectadas: Lista Completa
- Magna Salud S.R.L.
- OMSA Prosal S.A.
- Sanatorio San Jerónimo Norte S.R.L.
- Emergencias Médicas Santa María S.A.
- Medicina Asistencial Privada S.R.L.
- Medycin S.R.L.
- IE Emergencias Chivilcoy S.A.
- EMESEC Emergencias Médicas Esteban Echeverría S.A.
- Compañía Global de Salud S.A.
- Vivir Medicina Privada S.A.
- Medical S.R.L.
- Servicio de Urgencias Médicas Ushuaia S.R.L.
- Siempre S.R.L.
- Merli Elva Ana y Lanter Patricio Eduardo S.H.
- Roma Salud S.A.
- Opsal S.A.
- Master Med System S.R.L.
- Coseguro Total S.R.L.
- Centro Médico del Parque SDH
- Mitre Medical Network S.A.
- Salud Total S.A.
- Confederada Salud S.R.L.
- Noba Pampa Salud S.R.L.
- MPN Medical International S.A.
- Compañía Mediterránea de Salud S.A.
- Gerenciar Salud S.R.L.
- Medicin Care Servicios Médicos Domiciliarios S.A.
- Prepaga S.R.L.
- AIO Care S.R.L.
- Medicina Privada San Juan Bautista S.A.
- Centro Salud S.A.
- Medicina Argentina S.A.
- SID Medical S.A.
- Acarti S.A.
- COMI Cooperativa Limitada de Provisión de Servicios en el Área de la Salud
- ComeSE Coop. Ltda.
- Cooperativa Argentina de Medicina Integral (CAMI) de Trabajo Ltda.
- Cooperativa de Trabajo de Medicina Asistencial Integrada de Diamante Limitada
- Mutual del Círculo Médico del Departamento Federación
- Mutual de Activos y Pasivos
- Asociación Mutual Ciudadanos Bonaerenses
- Asociación Mutual de Profesionales de la Salud de la República Argentina
- Asociación Mutual de Asistencia a la Tercera Edad
- Mutual Doce de Enero
- Asociación Mutual de Óptica Integral
- Asociación Mutual Versailles
- Mutual de Servicios Médicos y Tratamiento de la Hipoacusia
- Asociación Mutual Los Andes
- AMTAPRA
- Asociación Mutual Arquitas
- Asociación Mutual Veteranos Argentinos
- Mutual Ibatín
- Círculo Médico de 25 de Mayo (SAMI 25 de Mayo)
Impacto en los Usuarios
El cese de actividades de estas 53 empresas deja a sus afiliados sin cobertura médica. La SSS insta a los usuarios afectados a buscar alternativas de cobertura dentro del marco legal, ofreciendo asistencia a través de sus canales oficiales para evaluar las opciones disponibles.
Esta situación resalta la importancia de contar con un plan de salud alternativo y la necesidad de estar informados sobre la situación financiera de la empresa que ofrece el servicio. Es crucial revisar periódicamente la solvencia de la prepaga para evitar sorpresas de este tipo.
Medidas Futuras y Precedente Legal
Esta resolución sienta un precedente en el control del sector de la medicina prepaga, remarcando la importancia de la transparencia y la responsabilidad empresarial. La SSS continuará con los procedimientos administrativos para hacer efectiva la resolución, incluyendo la eliminación de los números de inscripción de las empresas afectadas en los registros oficiales.
El monitoreo continuo y la aplicación estricta de las normas buscan proteger a los usuarios y garantizar que las entidades que operen en el sistema cumplan con los estándares de calidad y solvencia. Esto demuestra un cambio en la postura regulatoria, priorizando la protección del usuario por sobre otras consideraciones.