La Legislatura de la provincia de Córdoba aprobó por unanimidad una histórica modificación a la Ley 6.964 de Áreas Naturales Protegidas. Esta reforma, impulsada por los legisladores Abraham Galo (Hacemos por Córdoba) y Brenda Austin (UCR), tiene como objetivo principal fortalecer la conservación de la biodiversidad cordobesa, incluyendo la protección de especies en peligro de extinción. La modificación amplía significativamente el concepto de “Monumentos Naturales Provinciales”, con el propósito de brindar mayor resguardo a la flora y fauna autóctona de la región.
Ampliación del concepto de Monumento Natural
La clave de esta reforma radica en la modificación de los artículos 33, 34, 35 y 36 de la ley. Previamente, la legislación se centraba en la declaración de sitios como monumentos naturales, con una definición vaga e imprecisa. La nueva ley incluye un inciso crucial que define a los monumentos naturales como “cosas, especies vivas de animales o plantas de interés estético, valor histórico o científico”. Esta modificación amplía considerablemente el alcance de la protección, incluyendo a las especies vegetales y animales que se encuentren en peligro de extinción o que poseen un valor significativo para la provincia.
Brenda Austin, una de las impulsoras de la reforma, explicó en declaraciones a La Voz que la modificación “permite cambiar esa definición y se puede declarar monumento a un sitio, a una planta o a un animal”. Esta precisión legal permitirá proteger especies específicas que antes quedaban fuera del marco de protección de la ley.
La legisladora destacó la importancia de la colaboración con organizaciones ambientales y expertos en la elaboración de la reforma. Estas entidades habían señalado durante un tiempo la necesidad de un marco legal específico para proteger especies en peligro de extinción o con valor icónico en Córdoba, muchas de ellas endémicas, es decir, que no se encuentran en ninguna otra parte del mundo.
Especies protegidas bajo la nueva ley
La aprobación de la reforma abre las puertas a la protección de un amplio espectro de flora y fauna autóctona cordobesa. Entre las especies que podrían ser declaradas monumentos naturales se encuentran el aguará guazú (un cánido en grave peligro de extinción), el guanaco, el carpincho, el tapetí, el oso melero, el pecarí de collar, y varias especies de aves como el loro hablador, el rey del bosque y el águila coronada. La inclusión de estas especies en la legislación representa un paso crucial para la conservación de su hábitat y la prevención de prácticas como la caza ilegal y el mascotismo.
La declaración de monumentos naturales proporciona un marco legal robusto para contrarrestar las amenazas a la supervivencia de estas especies. Estas amenazas incluyen la caza ilegal, el tráfico de especies (mascotismo) y los incendios forestales que destruyen sus hábitats naturales. La nueva ley busca actuar directamente contra estos desafíos ofreciendo mecanismos de protección más efectivos.
Para María Ahumada de la reserva Tatú Carreta, la ampliación de la ley es de suma importancia ya que muchas de las especies que llegan a la reserva se encuentran en peligro de extinción. De hecho, la reserva había iniciado en 2020 un pedido específico para declarar al aguará guazú como monumento natural, siguiendo el ejemplo de otras provincias como Santa Fe. Con la nueva ley se refuerza el camino para proteger al aguará guazú y se abre la posibilidad para muchas otras especies.
Apoyo y expectativas futuras
La iniciativa legislativa contó con un amplio apoyo de organizaciones como la Fundación Mil Aves, la reserva Tatú Carreta, Fundación Natura, y equipos de investigación de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC). La colaboración interinstitucional fue fundamental para la creación de una ley eficiente y acorde con las necesidades de conservación de la provincia.
La legisladora Austin enfatizó que esta ley es “un paso en un conjunto de transformaciones que tiene que dar Córdoba para custodiar nuestros recursos naturales”. El próximo paso, clave para la verdadera protección de las especies, reside en la implementación de programas concretos y en la asignación de recursos suficientes por parte de la Provincia. La expectativa de las organizaciones implicadas es que esta ley se traduzca en acciones reales de conservación de la flora y fauna autóctona.
¿Qué son los monumentos naturales?
En el contexto de la conservación ambiental, los monumentos naturales se distinguen como regiones, objetos, o especies vivas de animales o plantas que poseen un valor histórico, estético o científico excepcional. A estas entidades se les otorga una protección absoluta, garantizando la preservación de su integridad y evitando cualquier intervención que pueda afectar negativamente su existencia. En Argentina, ejemplos de monumentos naturales autóctonos incluyen la ballena franco austral, el huemul, la taruca y el yaguareté, destacando la importancia de esta figura legal para la protección de especies icónicas y vulnerables.
La aprobación de esta ley representa un avance significativo para la conservación de la biodiversidad en Córdoba. Si bien la normativa es un paso importante, la verdadera eficacia dependerá de su implementación y del compromiso del gobierno provincial para destinar los recursos necesarios para la protección y conservación efectiva de las especies declaradas monumentos naturales. El monitoreo constante, el trabajo en conjunto entre diferentes instituciones y la concienciación ciudadana son pilares indispensables para el éxito a largo plazo de esta iniciativa.