Argentina ha experimentado un cambio significativo en la regulación de la venta de medicamentos de venta libre, permitiendo su comercialización en establecimientos más allá de las farmacias tradicionales. El Decreto 1024/2024, publicado en el Boletín Oficial, ha generado un debate a nivel nacional sobre el acceso a medicamentos, la competencia en el mercado y las potenciales implicancias para la salud pública. Este artículo desglosa los puntos clave de esta nueva normativa.
Medicamentos autorizados en kioscos y supermercados
Según lo estipulado en el decreto, solo dos categorías de medicamentos de venta libre podrán comercializarse en kioscos, supermercados y almacenes: analgésicos y antiácidos. Esta limitación se basa en la consideración de que estos medicamentos presentan un menor riesgo para la salud en comparación con otras especialidades farmacéuticas y no requieren de la supervisión directa de un profesional farmacéutico. La venta se limita a mayores de 18 años, debiendo presentar DNI al momento de la compra.
Requisitos para la venta en comercios no farmacéuticos
Para que un kiosco, supermercado o almacén pueda comercializar analgésicos y antiácidos, debe cumplir con una serie de requisitos sanitarios y legales. La documentación necesaria incluye la acreditación del derecho de propiedad del inmueble y la presentación de una póliza de seguro que cubra riesgos asociados a la venta de productos farmacéuticos, con un monto mínimo equivalente a 750 salarios mínimos, vitales y móviles. Este seguro debe cubrir posibles incidentes o problemas relacionados con la venta y almacenamiento de los medicamentos.
- Almacenamiento adecuado en un espacio separado, bajo llave, y con condiciones de higiene, seguridad, amplitud, luz y ventilación determinadas por la Autoridad de Aplicación.
- Prohibición de venta a menores de 18 años y de fraccionar los envases primarios o secundarios.
- Los medicamentos deben mantenerse fuera del alcance directo del público y de los niños; la entrega debe ser realizada exclusivamente por personal del establecimiento autorizado.
Cambios en la exhibición y venta en farmacias
El decreto también introduce cambios en la venta de medicamentos de venta libre en las farmacias. Ahora, estos productos podrán exhibirse en las góndolas, en lugar de ser dispensados únicamente por el farmacéutico. Sin embargo, se establecen ciertas condiciones para garantizar la seguridad y la correcta información al consumidor. Las góndolas deben estar claramente señalizadas, y los medicamentos se deben mantener en su envase cerrado y con su prospecto correspondiente. El expendio en farmacias continúa limitado a mayores de 18 años con presentación de DNI.
Impacto en el mercado farmacéutico y el consumidor
Esta medida podría generar un importante impacto en el mercado farmacéutico argentino. La competencia podría incrementarse significativamente, potencialmente resultando en una reducción de precios, especialmente en productos como antiácidos, donde se han observado diferencias de precio entre marcas de hasta ocho veces, según declaraciones del Ministro de Desregulación. Para el consumidor, implica una mayor accesibilidad a estos medicamentos, sobre todo en zonas rurales o con una limitada red de farmacias.
Sin embargo, también surgen preocupaciones en torno a la seguridad del paciente. La falta de supervisión farmacéutica en la venta en puntos de venta no especializados podría generar riesgos, especialmente en casos de automedicación incorrecta o ingesta de medicamentos con contraindicaciones para el consumidor. La ANMAT y las autoridades sanitarias están trabajando en la implementación de un sistema de monitoreo y control para mitigar estos posibles riesgos.
Consideraciones y perspectivas futuras
La nueva regulación sobre la venta de medicamentos de venta libre en Argentina representa un cambio paradigmático en el acceso a estos productos. Si bien la medida busca mejorar la accesibilidad y promover la competencia, es fundamental evaluar su impacto en la salud pública a través de un monitoreo continuo y de un estricto control de calidad por parte de la autoridad sanitaria. Además, la eficacia de la medida dependerá en gran medida de la efectiva fiscalización de los requisitos sanitarios por parte de las autoridades.
La Autoridad de Aplicación mantiene la facultad de ampliar el listado de medicamentos de venta libre permitidos en los establecimientos no farmacéuticos y de establecer requisitos adicionales para asegurar la conservación de las propiedades fisicoquímicas de las especialidades medicinales. La evolución de esta situación dependerá del monitoreo y las políticas sanitarias que se adopten a futuro.