El gobierno de Javier Milei se enfrenta a un complejo dilema en la designación de los nuevos miembros de la Corte Suprema de Justicia. La nominación de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, inicialmente prevista para avanzar por el camino legislativo, se encuentra estancada en el Senado, lo que ha llevado al Ejecutivo a considerar la vía del decreto, una opción con importantes implicaciones políticas y judiciales.
El artículo 99 y el precedente de Macri
La posibilidad de nombrar jueces por decreto se encuentra establecida en el artículo 99, inciso 19 de la Constitución Nacional. Este artículo faculta al Presidente a llenar las vacantes de los empleos que requieren el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura. Este mecanismo no es nuevo; fue utilizado por Mauricio Macri al inicio de su mandato en 2015 para la designación de Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz.
La decisión de Macri, atribuida en su momento al operador judicial Fabián “Pepín” Rodríguez Simón, contó con el aval de Elisa Carrió y Ernesto Sanz, referentes de Cambiemos. Aunque se barajó la posibilidad de un tercer nombramiento, se optó finalmente por la designación de Rosatti y Rosenkrantz, quienes posteriormente obtuvieron el acuerdo del Senado tras negociaciones con sectores del peronismo. Esta situación es relevante para comprender la perspectiva de los actores involucrados en el caso actual.
Obstáculos inesperados en el camino del decreto
Sin embargo, la aplicación del decreto por parte de Milei se enfrenta a una serie de obstáculos que podrían torcer sus planes. El primero y más relevante es la necesidad del juramento de los candidatos por parte del presidente de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, quien fue designado por un procedimiento similar. La posibilidad de que Rosatti obstaculice el proceso, si bien no lo bloquearía legalmente, es significativa; este hecho provocaría un cambio drástico en el equilibrio interno del máximo tribunal.
Por otro lado, las declaraciones previas de Lijo y García-Mansilla suscitan importantes dudas. Si bien en el 2015 García-Mansilla escribió a favor del uso de esta vía, en declaraciones públicas ante el Senado manifestó que no aceptaría un nombramiento en comisión si este se produjese actualmente. Su postura ha variado en función del contexto político, expresando su preocupación por las consecuencias que podría tener para la imagen de la Corte. Por su parte, la postura de Lijo, aun no clara, ha sido consultada pero no responde.
Además, la estrategia del decreto presenta otro inconveniente crucial: la necesidad de los dos tercios de los votos en el Senado (48 senadores) para la confirmación final. El peronismo, que ya ha expresado su oposición a la designación por decreto, resultaría indispensable en el Senado. Sin su apoyo, este mecanismo no tendría validez. En caso de designar a los jueces por decreto, el peronismo podría cuestionar el proceso y oponerse en el senado.
El Congreso como opción
El entorno de García-Mansilla ha manifestado que el año parlamentario no ha concluido, lo que sugiere la posibilidad de que el gobierno aún no abandona el plan original de designación a través del Senado. Este camino implica una serie de pasos, incluyendo la presentación de pliegos, audiencias públicas y una votación final con el respaldo de dos tercios de los senadores. Esta alternativa requiere una negociación más compleja con el peronismo y con gobernadores.
El pliego de Lijo cuenta con ocho firmas, a una de la cantidad necesaria para avanzar, mientras que el pliego de García-Mansilla se encuentra más retrasado, con sólo cuatro firmas. La obtención de las firmas restantes requiere negociaciones políticas y consensos previos, un proceso que se muestra difícil considerando el escenario actual.
Un dilema con consecuencias
La decisión de Milei sobre el nombramiento de los jueces de la Corte Suprema es una encrucijada compleja. Si bien la opción del decreto podría parecer una vía rápida, los obstáculos políticos y judiciales que se presentan son considerables. La falta de apoyo del peronismo en el Senado, la posibilidad del rechazo por parte de los propios nominados y la postura incierta de Rosatti, hacen de esta una apuesta arriesgada. El gobierno debe analizar cuidadosamente las consecuencias a corto y largo plazo de la elección entre el decreto y el camino legislativo, un proceso que podría tener un impacto notable en el equilibrio de poderes y en la legitimidad de la Corte.
La decisión de optar por el decreto o por el camino legislativo tiene implicaciones trascendentales para la estabilidad política e institucional del país, lo que demanda una cuidadosa consideración de todas las alternativas y un análisis preciso del contexto actual.