En un fallo judicial sin precedentes en Argentina, una joven víctima de abuso sexual intrafamiliar obtuvo la autorización para suprimir el apellido paterno de su registro civil. La decisión, tomada por el Juzgado en lo Civil y Comercial de 31° Nominación de Córdoba, marca un hito en el reconocimiento de los derechos de las víctimas de abuso y su derecho a reconstruir su identidad.
Los Hechos: Un Caso de Abuso Intrafamiliar
La joven, quien decidió mantener su anonimato, inició acciones legales con el patrocinio de la Asesoría Letrada Civil y Comercial de 9° Turno. En su solicitud, expuso que los “justos motivos” para el cambio de apellido se encontraban plenamente acreditados en la sentencia penal que condenó a su padre biológico por delitos sexuales cometidos durante su niñez y adolescencia. La sentencia penal, dictada por la Cámara Undécima en lo Criminal y Correccional de Córdoba, impuso una condena de 14 años de prisión por los delitos de abuso sexual continuado, agravado por el vínculo familiar, el grave daño en la salud mental de la víctima y por el aprovechamiento de la convivencia preexistente con un menor de 18 años.
En su relato ante el juez, la joven enfatizó que su personalidad e identidad se forjaron con total independencia de la figura de su progenitor y en ausencia de vínculos con la familia paterna. El peso psicológico del apellido paterno, representativo del trauma sufrido, fue el argumento central de su petición.
La Fundamentación Legal: “Justos Motivos” para el Cambio de Apellido
El juez Aquiles Villalba, en su sentencia, hizo referencia al artículo 62 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN), que establece el uso del prenombre y apellido como un derecho y deber de toda persona. Sin embargo, también reconoció la excepción prevista en el artículo 69 del CCCN, que permite el cambio de apellido en caso de existir “justos motivos”.
El juez Villalba basó su decisión en la evaluación exhaustiva de la sentencia penal condenatoria, reconociendo que la niñez y adolescencia de la víctima estuvieron marcadas por situaciones traumáticas que influyeron significativamente en su desarrollo personal y causaron severos daños psicológicos. Consideró que obligar a la víctima a conservar el apellido paterno equivaldría a condenarla de por vida a portar un apellido que, para ella, representa un elemento profundamente negativo y doloroso.
La sentencia destaca la importancia de proteger la dignidad de la víctima, evitando que la evocación de ese apellido le obligue a revivir las experiencias traumáticas sufridas. El juez enfatizó que este derecho debe prevalecer sobre la norma general que impide el cambio de apellido por motivos voluntarios.
El Impacto de la Decisión: Un Paso Hacia la Reparación de Daños
Esta decisión judicial sienta un precedente fundamental en la protección de los derechos de las víctimas de abuso sexual. Reconocer la posibilidad de suprimir el apellido paterno en casos de abuso intrafamiliar es un paso significativo hacia la reparación integral de los daños causados por estos delitos. Permite a las víctimas iniciar un proceso de reconstrucción de su identidad, desligándose simbólicamente del agresor y creando un espacio para la sanación.
El fallo resalta la importancia de considerar el contexto del abuso y su impacto en la vida de la víctima, más allá de las normas generales de cambio de nombre. Es una decisión que amplía la interpretación de la ley y se ajusta a los principios de protección de derechos humanos fundamentales.
El Futuro: Nuevas Perspectivas y Desafíos Legales
Este fallo judicial podría generar un debate sobre la legislación actual y la necesidad de actualizar las normas para abordar situaciones similares con mayor eficacia. Se abre un espacio para reflexionar sobre la necesidad de una mayor protección legal para las víctimas de abuso sexual intrafamiliar y la adecuación de los procedimientos judiciales a las necesidades de esta población vulnerable.
La decisión en Córdoba podría servir como precedente para casos similares en otras jurisdicciones del país, abriendo la posibilidad de que más víctimas puedan acceder a este tipo de reparación simbólica. Sin embargo, es importante destacar que cada caso deberá ser evaluado de manera individual, teniendo en cuenta las particularidades del proceso judicial y el contexto del abuso.
Este fallo no solo es un triunfo legal para la joven afectada, sino también un paso significativo para otras víctimas de abuso sexual intrafamiliar en Argentina. Su trascendencia reside en el reconocimiento de la necesidad de acompañar a las víctimas en la reconstrucción de sus vidas y en la posibilidad de romper simbólicamente con los lazos que representan un pasado de dolor.